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Pactos sucesorios: ¿cómo funciona la herencia en vida en Ibiza?

Herencias en vida en Ibiza y Formentera

Si tienes dudas acerca de los pactos sucesorios, en este artículo te explicamos en qué consisten y qué posibilidades ofrecen en Ibiza.

Joan Torres, presidente de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales lo explica de manera sencilla: "un pacto sucesorio es, simplemente, una sucesión en vida", declara en una entrevista concedida a Diario de Ibiza.

Normalmente, una "sucesión" debería implicar un fallecimiento. Sin embargo, "los pactos tienen la ventaja de que no es necesario que se produzca la muerte", explica el también presidente de la Asociación de Técnicos Tributarios de Baleares. De ahí a que se conozca popularmente como herencia en vida.

¿Qué tenemos que tener presente cuando se den estas sitaciones? Para empezar, hay que tener muy claro que un pacto sucesorio implica tres puntos de vista: el civil y jurídico, el económico y el fiscal.

Al traspasarse un bien de una persona a otra (sea o no familiar) como si la primera falleciera, esto "tiene repercusiones fiscales muy importantes, ya que el instituyente transmite posesiones pagando impuestos como si de una sucesión se tratara", explica Torres.

Diferencias entre pactos sucesorios y testamos o donaciones

Veamos las diferencias entre las herencias en vida y las sucesiones por testamento o las donaciones.

  • Un testamento puede modificarse en cualquier momento, mientras que un pacto sucesorio es irrevocable. Al ser efectivamente un contrato entre dos partes, para modificarse se debería acudir a un notario.
  • En una donación, al no ser un contrato, no se pueden establecer cláusulas (no hay condiciones) y se paga IRPF, no como en los pactos sucesorios.
  • Un pacto sucesorio no es acumulativo, es decir, no se suman las cantidades recibidas independientemente del número de pactos realizados, mientras que una recibir dos donaciones o más acumula las cantidades sobre las que tributar (y, en consecuencia, la escala).

Ahora que conocemos las principales diferencias entre las herencias en vida, los testamentos y las donaciones, veamos los diferentes tipos de pactos sucesorios que se pueden llevar a cabo en nuestra isla.

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Tipos de pactos sucesorios

En Ibiza (y en Formentera) conviven tres tipos de pactos sucesorios. Se trata del pacto sucesorio singular, el pacto sucesorio universal y el finiquito de legítima.

En palabras de Joan Torres: "en el singular dejas un legado a cualquier persona, sea familiar o no, y puedes hacer tantos como quieras. En el título universal tú ya estás dando todos los bienes y es necesario un grado de parentesco. Y en el finiquito de legítima, todos los legitimarios, no solo los herederos, quedan pagados de lo que les corresponde".

También es importante saber que en los pactos sucesorios, si estipulan entrega de bienes, esta puede ser en vida o se puede posponer hasta el fallecimiento (por norma general en España las sucesiones en vida están prohibidas).

"Cada vez más Pactos Sucesorios"

Según la experiencia de Joan Torres, el número de pactos sucesorios firmados se ha incrementado en los últimos años. Pero eso no quiere decir que siempre sean beneficiosos para los interesados.

Y eso teniendo en cuenta que "los residentes de las Pitiusas tenemos unos de los mejores pactos [sucesorios] que hay".

La recomendación del técnico tributario (y también la que hacemos desde Ibiza Country Villas) es que, en caso de duda, se acuda a un experto en busca de asesoramiento. Nuestros agencia inmobiliaria puede proporcionártelo, puedes contactar con nosotros sin compromiso.

Puedes leer la entrevista completa a Joan Torres desde este enlace.


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